julio 17

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Empleados de Seguridad Pública

By Mark Miller

julio 17, 2020



Los empleados de la seguridad pública disfrutan de ciertas prestaciones mejoradas de la Compensación de los Trabajadores, ya que el legislador reconoce la peligrosidad y dificultad inherentes a estas profesiones. El Código trata de forma ligeramente diferente a la policía, los bomberos, los paramédicos y los funcionarios de prisiones.

En el caso de los bomberos, se presume que las enfermedades cardíacas y determinados cánceres están relacionados causalmente con el empleo. Los policías y los funcionarios de prisiones tienen la misma presunción de cardiopatía e hipertensión. MD CODE Labor & Employment, § 9-503 crea las presunciones. Establece que si un empleado de seguridad pública padece una de las afecciones enumeradas, se supone que la afección se derivó del empleo. Esta presunción no da derecho automáticamente al empleado de seguridad pública a reclamar una indemnización por accidente laboral. En cambio, hace recaer en el empresario, y no en el trabajador, la carga de la prueba de la relación causal o de la falta de relación causal.

El CÓDIGO DE TRABAJO Y EMPLEO DE MD (MD CODE Labor & Employment), § 9-628, prevé la recuperación económica de todos los trabajadores lesionados por los daños permanentes que les queden una vez finalizado el tratamiento. Esta sección también favorece a los empleados de seguridad pública. Prevé niveles de remuneración mejorados para el personal de seguridad pública.

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